NEWSLETTER TRIBUTARIO
Mayo 2026
En este boletín presentamos las principales novedades impositivas del mes de mayo, incluyendo modificaciones normativas, resoluciones de la ARCA y de organismos provinciales, así como actualizaciones en regímenes de retención y percepción que inciden directamente en la gestión fiscal y en la liquidación de impuestos de las empresas.
1. Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular: plazo especial para la presentación
ARCA prorrogó el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, el ingreso del saldo resultante de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y cedular correspondientes al período fiscal 2025, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas, ya sea que se trate de responsables del régimen general o adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La nueva fecha límite operará hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
La declaración jurada informativa sobre bienes del período fiscal 2025 podrá presentarse hasta el 31 de julio de 2026 inclusive.
2. SALTA: Plan Especial y Transitorio de Facilidades de Pago
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta estableció un nuevo Plan Especial y Transitorio de Facilidades de Pago para regularizar deudas tributarias provinciales devengadas entre el 01/08/2025 y el 31/07/2026.
El régimen permite financiar obligaciones impositivas, intereses y multas hasta en 18 cuotas, con reducción en la tasa de financiación.
La adhesión estará disponible hasta el 31/07/2026 y quedan excluidas las deudas judicializadas y las obligaciones ya incluidas en otros planes de pago.
Vigencia: desde el 15/05/2026.
3. Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones para MiPyMEs y entidades sin fines de lucro
ARCA, Secretaría de Energía y Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca reglamentaron el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), destinado a promover inversiones productivas realizadas por MiPyMEs y determinadas entidades sin fines de lucro.
El régimen otorga beneficios fiscales, como amortización acelerada en Ganancias y devolución de IVA, para inversiones en bienes y obras productivas realizadas en el país.
Vigencia: desde el 19/05/2026
4. Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIMICABA), para inversiones productivas realizadas en la Ciudad.
El régimen otorga beneficios como:
- Exención del Impuesto de Sellos en contratos vinculados directamente a las inversiones.
- Exención de ABL e Impuesto Inmobiliario para inmuebles construidos como consecuencia de la inversión productiva.
- Posibilidad de computar hasta el 25% de la inversión realizada como pago a cuenta de Ingresos Brutos.
- Acceso a líneas de financiamiento del Banco Ciudad.
Podrán ser beneficiarios del RIMICABA:
- Empresas aprobadas en el régimen nacional de Incentivo para Medianas Inversiones.
- Microempresas que realicen inversiones productivas en CABA entre USD 100.000 y USD 149.999,99.
Los incentivos tendrán una duración de 2 años desde la aprobación de la adhesión al régimen.
5. Impuesto a las Ganancias: reglamentan las exenciones para alquileres de vivienda y ventas de inmuebles
Se reglamentan las exenciones incorporadas por la Ley 27.802 para alquileres destinados a vivienda y para determinadas enajenaciones y transferencias de inmuebles.
La medida establece que los ingresos provenientes de alquileres destinados a vivienda y los resultados obtenidos por determinadas ventas y transferencias de inmuebles quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias para hechos imponibles ocurridos desde el 1° de enero de 2026.
Asimismo, se dispuso que los inquilinos que abonen alquileres de casa habitación a personas humanas o sucesiones indivisas no podrán computar dichos importes como deducción en el Impuesto a las Ganancias.
