NEWSLETTER PREVISIONAL

Mayo 2026

En este boletín presentamos las principales novedades laborales del mes de Mayo, incluyendo reformas normativas, convenios colectivos y resoluciones del Ministerio de Trabajo que impactan en la gestión diaria de recursos humanos y liquidación de sueldos.

1. Topes a la Base Imponible – Mayo 2026.

ANSES ha actualizado mediante la Resolución 110/2026 los valores de haberes previsionales, bases imponibles y prestaciones a partir de Mayo de 2026:

Concepto Monto
Haber mínimo garantizado
393.174,10
Haber máximo
2.645.689,38
Base imponible mínima
132.420,94
Base imponible máxima
4.303.619,01
Prestación Básica Universal (PBU)
179.859,20
Pensión Universal Adulto Mayor (PUAM)
314.539,28

2- Vencimientos de Cargas Sociales – Junio 2026 (Devengado Mayo)

Dígitos verificadores CUIL Fecha de vencimiento
0-1-2-3
09/06/2026
4-5-6
10/06/2026
7-8-9
11/06/2026

3- Aporte al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales – Mayo 2026

  •  La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), mediante la Disposición 5/2026, estableció que la suma fija por trabajador destinada al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) será de $1.765, correspondiente al devengado de Mayo de 2026.
  •  Este nuevo importe deberá abonarse a partir de Junio de 2026, y debe ser informado en el Formulario F.931 como parte de la cuota fija de ART

4- Novedades de Convenio Colectivo de Trabajo y Régimen de Trabajo Agrario:

CCT Aumento Otros
COMERCIO (130/75)
1,5% tomando como base los básicos de Marzo con más los no remunerativos de escala.
Se prorroga la incorporación de las sumas fijas no remunerativas de 40.000 y 60.000 a las escalas básicas, manteniéndose hasta Junio 2026. Se otorga una suma fija no remunerativa de 20.000 con los salarios de Abril, Mayo y Junio
UATRE (Ley 26.727)
2,5% tomando como base los valores de febrero

5- Calendario de Feriados Nacionales Junio 2026

Mayo
15-jun
Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes (17/6).
20-jun
Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano.

6- Decreto 407/2026 - Simplificación laboral, digitalización y cambios en relaciones laborales

El Decreto 407/2026 reglamenta diversos aspectos de la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, incorporando precisiones operativas sobre registración laboral, recibos de haberes, licencias médicas, desvinculaciones, jubilaciones, empresas de servicios eventuales, plataformas digitales y actividad sindical.

Principales novedades

  1. Registración laboral digital
    La registración de altas, bajas y modificaciones deberá realizarse mediante los sistemas habilitados por ARCA, consolidando la información laboral en plataformas digitales y simplificando los procesos de control.
  2. Nuevo formato de recibo de sueldo
    Se reglamenta un modelo más detallado de recibo de haberes, que deberá exponer de manera diferenciada las remuneraciones, descuentos, aportes y contribuciones, incorporando además información sobre el costo laboral total asumido por el empleador. El objetivo es brindar mayor transparencia tanto a trabajadores como a empresas.
  3. Licencias médicas y control de ausencias
    Se establecen mecanismos digitales para la emisión y validación de certificados médicos. En caso de discrepancias entre el control médico del empleador y el profesional tratante, podrán intervenir organismos o juntas médicas oficiales.
  4. Acuerdos de desvinculación
    Se precisan los alcances de la homologación administrativa de los acuerdos extintivos celebrados por mutuo acuerdo, reforzando el control sobre la legalidad del acto y la protección de los derechos de las partes involucradas.
  5. Trámites jubilatorios
    ANSES deberá implementar mecanismos de notificación a empleadores sobre el inicio y finalización de los trámites jubilatorios de los trabajadores, permitiendo una gestión más eficiente de la continuidad o extinción de la relación laboral y de la cobertura de salud.

7- Decreto 408/2026 - Reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los mecanismos previstos por la reforma laboral para afrontar los costos derivados de la desvinculación de trabajadores.

El FAL permite constituir fondos destinados a financiar las indemnizaciones y demás conceptos derivados de la extinción de la relación laboral, permitiendo que los costos se distribuyan a lo largo del tiempo en lugar de concentrarse al momento de la desvinculación.

La norma establece las condiciones para la constitución, administración y supervisión de estos fondos, que deberán ser gestionados por entidades autorizadas y bajo control de los organismos competentes.

No obstante, es importante destacar que el nuevo esquema no reemplaza automáticamente el régimen indemnizatorio vigente. Su implementación dependerá de la incorporación de estos mecanismos a través de los correspondientes convenios colectivos de trabajo.

La entrada en vigor fue fijada para el 1° de noviembre de 2026, otorgando un plazo de adecuación para que empleadores, sindicatos y entidades administradoras evalúen su aplicación.

 

8- Decreto 409/2026 – Reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado

El Gobierno reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una herramienta creada por la reforma laboral para incentivar la regularización de trabajadores que se encuentren no registrados o registrados de manera deficiente.

El régimen permite regularizar situaciones de empleo no registrado o deficientemente registrado, incluyendo trabajadores no declarados, fechas de ingreso incorrectas o remuneraciones informadas por debajo de las efectivamente abonadas.

Uno de los principales beneficios consiste en la condonación parcial de deudas vinculadas a aportes y contribuciones de la seguridad social. El porcentaje de reducción dependerá del tipo de empleador, pudiendo alcanzar hasta el 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro.

La reglamentación también establece las condiciones para acceder al régimen, el alcance de los beneficios y los procedimientos que deberán implementarse para efectuar la regularización de las relaciones laborales alcanzadas. Asimismo, prevé la posibilidad de obtener la baja de determinadas sanciones e infracciones registrales en los términos establecidos por la norma.